Colombia aprueba el marco regulatorio para integrar baterías al sistema eléctrico nacional
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió la Resolución 101 113 de 2026, mediante la cual establece las reglas para la incorporación de Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica con Baterías (SAEB) en el Sistema Interconectado Nacional (SIN), creando por primera vez un marco regulatorio integral para esta tecnología en Colombia.
La resolución, aprobada el 19 de junio, define las condiciones aplicables para la instalación, operación y participación comercial de los sistemas de almacenamiento con baterías, así como los mecanismos para su integración a la red eléctrica y al Mercado de Energía Mayorista. Además, la nueva norma deroga la Resolución CREG 098 de 2019, que había establecido las primeras disposiciones para la incorporación de sistemas de almacenamiento al sistema eléctrico colombiano.
La CREG señaló que la nueva regulación contribuirá a modernizar el sistema eléctrico colombiano, aumentar su flexibilidad operativa y fortalecer la confiabilidad del servicio.
Tres modalidades para incorporar almacenamiento
La norma reconoce tres esquemas de participación para los sistemas de almacenamiento. El primero corresponde a los SAEB como activos de red, destinados a atender necesidades del Sistema de Transmisión Nacional (STN), los Sistemas de Transmisión Regional (STR) o los Sistemas de Distribución Local (SDL). El segundo contempla los SAEB independientes, que podrán participar en el mercado eléctrico bajo reglas específicas. El tercero habilita los recursos de generación híbridos, integrando baterías con plantas de generación renovable.
La regulación también establece las condiciones para que los sistemas de almacenamiento asociados a plantas de generación puedan almacenar energía no despachada y entregarla posteriormente cuando el sistema eléctrico lo requiera, facilitando una mayor integración de fuentes renovables como la solar y la eólica.
Entre los usos identificados para los sistemas de almacenamiento se encuentran el aplazamiento de inversiones en infraestructura, la gestión de congestiones en la red, la mejora de las condiciones de voltaje y frecuencia, el soporte ante contingencias operativas y el fortalecimiento de la confiabilidad del sistema eléctrico.
La resolución también incorpora definiciones y requisitos técnicos para tecnologías avanzadas asociadas al almacenamiento, incluyendo capacidades de Grid-Forming (GFM), Grid-Following (GFL), aporte de inercia sintética y soporte de cortocircuito sintético, alineando el marco regulatorio colombiano con las tendencias internacionales de modernización de redes eléctricas.
Para el Ministerio de Minas y Energía, esta resolución crea condiciones para el desarrollo de nuevas aplicaciones del almacenamiento en Colombia. Diego Fernando Román, director de Energía de la cartera, la calificó en su perfil de LinkedIn como un "hito histórico" para el país, al considerar que la norma permite el despliegue de SAEB como activos de red, proyectos independientes y soluciones híbridas asociadas a energías renovables, además de habilitar nuevos servicios orientados a mejorar la flexibilidad operativa, la confiabilidad y la integración de generación solar y eólica al sistema eléctrico.
Participación en el mercado y apoyo a las renovables
En el caso de los SAEB independientes, la regulación habilita su participación en el Mercado de Energía Mayorista, incluyendo la prestación de servicios orientados a aportar flexibilidad operativa al sistema, como el almacenamiento y entrega de energía según las condiciones del mercado y el soporte para servicios de regulación secundaria de frecuencia. La CREG incorporó además observaciones realizadas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) durante el proceso de consulta pública, relacionadas con la representación comercial de estos activos y las condiciones de acceso al mercado.
Para el Ministerio de Minas y Energía, la resolución representa un paso para facilitar la integración de energías renovables variables al sistema eléctrico colombiano. Según explicó Diego Fernando Román, director de Energía de la cartera, la regulación permite desarrollar proyectos de almacenamiento como activos de red, soluciones independientes y esquemas híbridos asociados a tecnologías renovables, además de habilitar nuevos servicios orientados a incrementar la flexibilidad y la seguridad operativa del sistema.
La expedición de la Resolución 101 113 de 2026 culmina un proceso regulatorio iniciado con el Proyecto de Resolución CREG 701 103 de 2025, sometido a consulta pública y posteriormente ajustado con los comentarios de agentes del sector, entidades gubernamentales y organismos técnicos.
Con esta decisión, Colombia dota por primera vez al almacenamiento de un marco regulatorio integral, considerado un elemento clave para la integración de energías renovables variables y el aumento de la flexibilidad operativa del sistema eléctrico.






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