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Estas son las 10 recomendaciones de la UE para el desarrollo del almacenamiento energético


La Dirección General de Energía de la Comisión Europea publicó una serie de recomendaciones para facilitar la instalación y desarrollo de sistemas de almacenamiento de energía en los Estados miembros de la UE. Estas 10 recomendaciones dan conocimiento a los Estados y sus autoridades reguladoras nacionales de medidas necesarias para desarrollar sistemas de almacenamiento en todos los puntos necesarios de cada territorio, con el objetivo de determinar las capacidades y fomentar, al fin y al cabo, la agilización de dichas instalaciones.

Como informaron desde la Comisión, la actualización de los planes nacionales de energía y clima para 2021-2030 de la UE debe incluir una mayor ambición para acelerar la transición verde y aumentar la seguridad energética en consonancia con el paquete europeo de medidas en favor de la energía verde y REPowerEU.

La actualización de los planes nacionales de energía y clima debe incluir también objetivos nacionales para aumentar la flexibilidad del sistema. Los planes nacionales de energía y clima son la oportunidad de explorar las sinergias entre las cinco dimensiones de la Unión de la Energía, en particular por lo que se refiere a los beneficios del almacenamiento de electricidad.

A continuación, se exponen las 10 recomendaciones propuestas por la UE:

1. Que los Estados miembros tengan en cuenta el doble papel (generador-consumidor) del almacenamiento de energía a la hora de definir el marco reglamentario y los procedimientos aplicables, en particular al aplicar la legislación de la Unión relativa al mercado de la electricidad, con el fin de eliminar los obstáculos existentes. Esto incluye evitar la doble imposición y facilitar los procedimientos de concesión de permisos. Las autoridades reguladoras nacionales también deben tener en cuenta este papel a la hora de fijar las tarifas de red y los sistemas de tarificación, de conformidad con la legislación de la Unión.

2. Los Estados miembros deben determinar las necesidades de flexibilidad de sus sistemas energéticos a corto, medio y largo plazo y, en sus actualizaciones de los planes nacionales de energía y clima, refuercen los objetivos y las políticas y medidas conexas destinadas a promover de manera rentable el despliegue del almacenamiento de energía, tanto a escala de los servicios públicos como detrás del contador, la respuesta a la demanda y la flexibilidad. Los Estados miembros también deben evaluar las necesidades de capacidad de fabricación de las tecnologías de almacenamiento de energía pertinentes.

3. Los Estados miembros, en particular sus autoridades reguladoras nacionales, deben velar por que los operadores de los sistemas energéticos evalúen más a fondo las necesidades de flexibilidad de sus sistemas energéticos al planificar las redes de transporte y distribución, incluido el potencial del almacenamiento de energía (a corto y largo plazo) y si el almacenamiento de energía puede ser una alternativa más rentable a las inversiones en la red. También deben tener en cuenta todo el potencial de las fuentes de flexibilidad, en particular el almacenamiento de energía, a la hora de evaluar su capacidad de conexión (por ejemplo, considerando contratos de conexión flexible) y de explotar el sistema.

4. Los Estados miembros deben identificar las posibles lagunas de financiación para el almacenamiento de energía a corto, medio y largo plazo, incluyendo el almacenamiento detrás del contador (térmico y mediante electricidad) y otros instrumentos de flexibilidad, y si se identifica la necesidad de recursos flexibles adicionales para lograr la seguridad del suministro y los objetivos medioambientales, consideren la posible necesidad de instrumentos de financiación que proporcionen visibilidad y previsibilidad de los ingresos.

5. Los Estados miembros estudiarán si los servicios de almacenamiento de energía (en particular el uso de la flexibilidad en las redes de distribución y la prestación de servicios auxiliares no relacionados con la frecuencia) están suficientemente remunerados, y si los operadores pueden sumar la remuneración de varios servicios.

6. Los Estados miembros estudiarán la posibilidad de recurrir a procesos de licitación competitiva si fuera necesario para alcanzar un nivel suficiente de despliegue de fuentes de flexibilidad que permita lograr objetivos transparentes de seguridad del suministro y medioambientales, en consonancia con las normas sobre ayudas estatales.

7. Los Estados miembros deberían determinar las medidas específicas, reglamentarias y no reglamentarias, necesarias para eliminar los obstáculos al despliegue de la respuesta a la demanda y el almacenamiento detrás del contador, por ejemplo, en relación con la electrificación de los sectores de uso final basada en fuentes de energía renovables, el despliegue del autoconsumo individual o colectivo y la carga bidireccional mediante el uso de baterías de vehículos eléctricos.

8. Los Estados miembros acelerarán el despliegue de instalaciones de almacenamiento y otras herramientas de flexibilidad en las islas, las zonas remotas y las regiones ultraperiféricas de la UE, zonas con insuficiente capacidad de red y conexiones inestables o de larga distancia a la red principal, por ejemplo mediante regímenes de apoyo a los recursos flexibles con baja emisión de carbono, incluido el almacenamiento, y revisen los criterios de conexión a la red para promover proyectos de energía híbrida (es decir, generación renovable y almacenamiento).

9. Los Estados miembros y las autoridades reguladoras nacionales publicarán en tiempo real datos detallados sobre la congestión de la red, la restricción de las energías renovables, los precios del mercado, el contenido de energías renovables y de emisiones de gases de efecto invernadero, así como las instalaciones de almacenamiento de energía instaladas, para facilitar las decisiones de inversión en nuevas instalaciones de almacenamiento de energía.

10. Finalmente, los Estados miembros deben apoyar la investigación y la innovación en materia de almacenamiento de energía, en particular el almacenamiento de energía a largo plazo y las soluciones de almacenamiento que combinan la electricidad con otros vectores energéticos, y optimicen las soluciones existentes (por ejemplo, eficiencia, capacidad, duración, huella climática y medioambiental mínima).

Puede ver el documento completo aquí.

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