Red Eléctrica inicia la habilitación de instalaciones renovables para participar en el control dinámico de tensión
Red Eléctrica ha dado un paso decisivo en la integración de las energías renovables en la operación del sistema eléctrico con la habilitación de las primeras instalaciones que podrán ofrecer el nuevo servicio de control dinámico de tensión. Este servicio, regulado en el Procedimiento de Operación 7.4 (P.O. 7.4), aprobado por la CNMC el pasado junio, permitirá que las plantas renovables contribuyan activamente a mantener la estabilidad de la red.
El operador del sistema ha completado con éxito las primeras pruebas y se encuentra preparado para que las instalaciones habilitadas comiencen a prestar el servicio en cuanto lo notifiquen. Paralelamente, Red Eléctrica mantiene abierta la convocatoria e invita a los titulares de plantas renovables a presentar sus solicitudes de habilitación para participar en el nuevo esquema operativo.
Hasta la fecha se han recibido 168 solicitudes, de las cuales 125 proceden de instalaciones renovables no gestionables, como parques eólicos o plantas fotovoltaicas. De ese total, 24 están ya en disposición de iniciar las pruebas finales. El resto de los proyectos continúan completando los requisitos técnicos o documentales necesarios, mientras que algunos han declarado no disponer aún de capacidad para seguir consignas de tensión.
También han presentado solicitudes centrales convencionales, como ciclos combinados o hidráulicas, que ya están obligadas a ofrecer el servicio básico de control de tensión. No obstante, Red Eléctrica está dando prioridad a las renovables no gestionables, ya que son las que pueden aportar nuevos recursos de regulación al sistema eléctrico.
Las instalaciones que obtengan la habilitación disfrutarán de prioridad de despacho y podrán suavizar las rampas máximas de variación de su producción, lo que facilitará una integración más eficiente y segura de la generación renovable.
Para poder ofrecer este servicio, las plantas deben demostrar su capacidad técnica para regular la tensión, tanto mediante consignas de potencia reactiva como a través de consignas de tensión en tiempo real. Esta última modalidad permite responder con rapidez a las fluctuaciones del sistema y aporta una mayor flexibilidad operativa, clave en un contexto de creciente penetración de energías limpias.
Muchas instalaciones renovables ya cuentan con la tecnología necesaria para operar bajo consignas de tensión, pese a trabajar actualmente con consignas de factor de potencia. Esta adaptación facilitará que en los próximos meses se incorporen nuevos recursos flexibles al sistema, reforzando la seguridad y estabilidad de la red eléctrica española.
Aclaraciones de REE sobre el control de tensión en España
- Los niveles de tensión en los últimos años no ha aumentado. Los valores medios eran más altos años atrás, pero con la puesta en servicio de elementos de control de tensión en la RdT estos valores actualmente son menores. Sí ha aumentado la variabilidad de las tensiones, variabilidad que debe ser controlada por los generadores que aportan al sistema un control de tensión efectivo.
- En el ámbito de la regulación de tensión, Red Eléctrica, cumpliendo con su responsabilidad, ha trabajado y se ha adelantado siempre con medidas para modernizar el sistema y adaptarlo a las necesidades presentes y futuras.
- Así lo ha hecho, por ejemplo, desde 2020, cuando propuso la modificación del P.O 7.4 vigente hasta el pasado mes de junio con el objetivo de aumentar el volumen de recursos en el sistema que son capaces de realizar un seguimiento de consignas de tensión. En este tiempo, se han superado diferentes proyectos piloto y varios procesos de información pública en los que se recibieron posicionamientos críticos de una parte de la generación convencional.
- Las centrales de generación que actualmente participan en el servicio de control de tensión deben tener una capacidad para aportar o absorber potencia reactiva del 30% respecto a su potencia máxima, lo que aporta suficiente potencia reactiva para su reacción a las variaciones de tensión en el sistema.
- Con respecto a las capacidades de las centrales convencionales para prestar el servicio de control de tensión, Red Eléctrica no tiene constancia de que los reguladores hayan emitido exenciones que permitan prestar el servicio por debajo del mínimo establecido en la normativa.
- No hubo una falta de capacidad de reactiva programada en el sistema el pasado 28 de abril, sino que la misma no fue activada por los generadores en el momento en el que el sistema lo requería. Su aportación al sistema como establece la normativa hubiera reducido la dinámica de la variación de tensión que se produjo. Sin embargo, como ha quedado demostrado, los grupos no alcanzaron mayoritariamente el valor mínimo legalmente obligatorio, con respuestas lentas o insuficientes a la variación que desencadenó los eventos posteriores.
- El límite de tensión en la red de transporte es de 435 kV porque así lo establece la regulación española desde al menos el año 1998 y lo ha confirmado la normativa europea más reciente. Operar con un valor máximo de 420 kV implicaría un cambio estructural; su aplicación en el sistema actual multiplicaría los costes asociados a las restricciones técnicas y no se podría asegurar que, con los recursos disponibles actualmente, dicho valor no fuera superado.
- Por último, el servicio de control de tensión mediante las consignas de reactiva no aporta al sistema flexibilidad de adaptación a variaciones rápidas de tensión. De ahí la necesidad de que las instalaciones puedan controlar tensión también en modo de consigna de tensión.





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