ANEEL establece nuevas reglas para ordenar el curtailment en Brasil
La Agencia Nacional de Energía Eléctrica de Brasil (ANEEL) aprobó nuevas reglas para definir el orden de los recortes obligatorios de generación eléctrica —conocidos como curtailment— ante el escenario de creciente sobreoferta de energía renovable. La norma busca aportar mayor transparencia y previsibilidad a la operación del sistema y establece criterios para distribuir los recortes entre las distintas fuentes de generación.
La regulación, aprobada tras un proceso iniciado hace siete años y desarrollado en tres fases de consulta pública, establece que, en los casos de recortes provocados por sobreoferta de energía, el Operador Nacional do Sistema Elétrico (ONS) deberá priorizar aquellos que permitan reducir en mayor medida los costes del sistema, además de ordenar la participación de las diferentes tecnologías y limitar situaciones que puedan incrementar los cargos.
Los recortes serán compartidos entre las distintas fuentes y se aplicarán de forma progresiva. En el caso de la generación hidráulica asociada a energía vertida turbinable (EVT), su participación se incorporará gradualmente durante cuatro años, con niveles del 25%, 50%, 75% y 100% hasta alcanzar la participación prevista en el modelo definitivo.
Para la autoproducción de energía, la regla general establece que el recorte energético afectará únicamente a la generación que supere el consumo local. No obstante, en situaciones excepcionales relacionadas con la seguridad o confiabilidad del sistema, el ONS podrá afectar también a la generación destinada al consumo local, bajo criterios objetivos y auditables.
En el caso del carbón mineral, la nueva norma contempla las obligaciones derivadas de políticas públicas establecidas legalmente. Por su parte, los recortes físicos motivados por restricciones eléctricas continuarán siendo realizados por el ONS en los puntos donde resulten más efectivos, aunque su impacto se distribuirá entre los agentes elegibles.
La aplicación de la nueva metodología contará con un periodo de prueba (shadow period) para evaluar sus efectos antes de su entrada en vigor definitiva. Este comenzará 180 días después de la publicación de la resolución y tendrá una duración de 12 meses, mientras que la aplicación definitiva de las reglas se producirá 18 meses después de su publicación.
ANEEL también mantendrá una auditoría independiente permanente sobre el cálculo de los eventos realizado por el ONS. Además, la gobernanza se reforzará mediante la publicación de datos y parámetros, informes periódicos del ONS y de la Cámara de Comercialización de Energía Eléctrica (CCEE), así como de los resultados mensuales del periodo de prueba.
La agencia también deberá adaptar la Resolución Normativa nº 1.017 para incluir el análisis de solicitudes de impugnación de reclasificaciones, atendiendo a criterios de materialidad e impacto económico. Según ANEEL, el nuevo marco busca combinar la seguridad del sistema con una distribución más equilibrada de los efectos del curtailment y una adaptación gradual de los agentes a las nuevas reglas.





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