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Argentina define los bienes renovables y de almacenamiento que podrán acceder a los incentivos fiscales del RIMI


La Secretaría de Energía de Argentina aprobó el listado de bienes elegibles para acceder a los beneficios fiscales del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) en proyectos de generación, almacenamiento y transporte de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 161/2026, publicada en el Boletín Oficial, y reglamenta uno de los aspectos pendientes del régimen creado por la Ley 27.802 y el Decreto 242/2026, al definir qué equipos podrán acogerse al tratamiento promocional.

Con esta resolución, las micro, pequeñas y medianas empresas podrán acceder a los beneficios tributarios del RIMI para inversiones en bienes de alta eficiencia energética sin necesidad de cumplir con el monto mínimo de inversión que sí se exige para otros proyectos incluidos en el régimen. Entre los incentivos se encuentran la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de los créditos fiscales del IVA.

El anexo de la resolución incorpora equipos vinculados a la generación renovable y al almacenamiento energético, entre ellos paneles solares fotovoltaicos, módulos fotovoltaicos, aerogeneradores, turbinas hidráulicas, transformadores, convertidores eléctricos, sistemas UPS y bancos de baterías para almacenamiento de energía, además de otros componentes asociados a estas tecnologías. La Subsecretaría de Energía Eléctrica quedó facultada para actualizar el listado conforme evolucionen las tecnologías disponibles. 

Para acceder a los beneficios, las empresas deberán estar registradas en el Registro de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable (RENPER), en el Registro Nacional de Proyectos de Almacenamiento de Energía Eléctrica (RENPALMA) o contar con el Certificado de Usuario-Generador, según el tipo de proyecto desarrollado.

La resolución también delega en la Subsecretaría de Energía Eléctrica la facultad de modificar el listado de bienes y emitir las normas complementarias necesarias para implementar el régimen, con el objetivo de adaptar los incentivos a la evolución tecnológica del sector.

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