Argentina establece nuevas reglas para grandes consumos eléctricos y centros de datos
La Secretaría de Energía de Argentina estableció un nuevo régimen para las grandes demandas eléctricas que obliga a los nuevos proyectos intensivos en consumo a incorporar su propia oferta de energía y potencia antes de ingresar al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
La medida fue aprobada mediante la Resolución 264/2026, publicada el 25 de septiembre en el Boletín Oficial, y crea el Régimen de Demandas Extratendenciales (XDEM). Su alcance incluye nuevas demandas y ampliaciones que representen al menos el 0,5% de la demanda media del MEM, un umbral que actualmente equivale a alrededor de 80 MW.
Según la normativa, los proyectos alcanzados deberán cubrir al menos el 80% de su consumo mensual mediante contratos asociados a nueva producción de energía. También deberán disponer de potencia firme suficiente para respaldar el 100% de su demanda máxima en el caso de actividades productivas y el 115% para proyectos vinculados al procesamiento de datos.
El régimen incluye entre las grandes demandas a instalaciones de procesamiento intensivo de datos e inteligencia artificial, centros de datos, minería, plantas de gas natural licuado (GNL), producción de hidrógeno y otras actividades industriales con elevado consumo eléctrico.
Libertad tecnológica y respaldo obligatorio
La regulación no obliga a los proyectos a abastecerse con una tecnología determinada. La Secretaría de Energía establece que cada iniciativa podrá elegir libremente la tecnología y el proveedor con los que cubrirá su demanda, incluida la posibilidad de instalar generación propia en el mismo punto de conexión.
La normativa también reconoce expresamente los sistemas de almacenamiento de energía en baterías (BESS) como una tecnología habilitada para realizar operaciones de carga y descarga de potencia y prestar servicios auxiliares al Sistema Argentino de Interconexión (SADI).
Las nuevas demandas deberán presentar además un Plan Especial de Abastecimiento (PEA) en el que se detalle la nueva energía y potencia firme comprometidas para respaldar su incorporación al sistema.
La categoría XDEM quedará integrada dentro de los Grandes Usuarios Mayores (GUMA) y se dividirá en dos subcategorías: XDEM-DATOS, para centros de datos y otras infraestructuras de procesamiento computacional intensivo, y XDEM-PRODUCCIÓN, para actividades como minería, industria, GNL o producción de hidrógeno.
Penalizaciones por falta de cobertura
La resolución también establece cargos específicos para las demandas que no cuenten con el respaldo contractual exigido.
La energía consumida en el mercado spot que no esté cubierta mediante contratos elegibles deberá pagarse con un recargo del 100% para los proyectos XDEM-DATOS y del 50% para los XDEM-PRODUCCIÓN.
En el caso de la potencia firme, el déficit será penalizado con un recargo del 400% para los centros de datos y del 200% para los proyectos productivos, respecto al cargo vigente para grandes usuarios. Además, la normativa establece que las demandas sin cobertura suficiente podrán sufrir restricciones operativas antes de afectar al resto de los consumidores del sistema.
El Gobierno argentino argumenta que el objetivo es evitar que la incorporación de grandes nuevos consumidores utilice las reservas destinadas a garantizar el suministro existente o transfiera sus costos al resto de los usuarios.
Las solicitudes de incorporación al MEM que ya se encuentren en trámite también deberán adaptarse al nuevo régimen en un plazo de 60 días desde su entrada en vigor.





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