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Bruselas publica las reglas prácticas para aplicar criterios no económicos en las subastas renovables


La Comisión Europea ha publicado dos documentos de orientación para facilitar la aplicación de los criterios no económicos previstos en la Ley sobre la Industria de Cero Emisiones Netas —Net-Zero Industry Act (NZIA)—, tanto en las subastas de energías renovables como en los procedimientos públicos de contratación de tecnologías limpias.

El objetivo es que la adjudicación de ayudas y contratos públicos no dependa únicamente del precio ofertado, sino que también valore la contribución de los proyectos a la sostenibilidad, la seguridad y la diversificación de las cadenas europeas de suministro.

Las orientaciones desarrollan los artículos 25 y 26 del reglamento europeo. El artículo 25 se refiere a la contratación pública de tecnologías de cero emisiones netas, mientras que el artículo 26 regula la incorporación de criterios no económicos en las subastas destinadas a apoyar la producción o el consumo de energía renovable.

Aunque las obligaciones comenzaron a aplicarse el 30 de diciembre de 2025, la nueva guía responde a las dudas planteadas desde entonces por las administraciones nacionales y los participantes del mercado. La Comisión pretende lograr una aplicación coherente y proporcionada en toda la Unión Europea.

Al menos el 30% del volumen subastado

De acuerdo con el artículo 26, los Estados miembros deberán incorporar estos requisitos en al menos el 30% del volumen renovable subastado durante cada año natural o, alternativamente, en un mínimo de 6 GW anuales por país.

El porcentaje se calculará sobre el volumen total convocado para todas las tecnologías renovables, utilizando una métrica comparable de capacidad o generación. Para determinar el año de cómputo se tendrá en cuenta la fecha de publicación de la subasta y no la fecha de adjudicación de los proyectos.

Los criterios podrán funcionar como requisitos de precalificación, que los promotores deberán cumplir para participar, o como criterios de adjudicación, otorgando una puntuación adicional a los proyectos que acrediten un mejor desempeño.

Las subastas podrán evaluar seis grandes aspectos:

  • La conducta empresarial responsable y el respeto de las normas sociales y laborales.
  • La ciberseguridad de las instalaciones y sus sistemas de control.
  • La protección, almacenamiento y tratamiento de los datos.
  • La capacidad técnica y financiera para completar los proyectos dentro del plazo comprometido.
  • La sostenibilidad ambiental de las tecnologías y los proyectos.
  • La resiliencia y diversificación de las cadenas de suministro.

Menor dependencia de terceros países

Uno de los elementos centrales será la procedencia de las tecnologías y de sus componentes principales. Los Estados deberán valorar la dependencia europea de terceros países que concentren más del 50% del suministro de una tecnología o de alguno de sus componentes estratégicos.

En determinadas subastas, esto podrá traducirse en límites a la cantidad de equipos o componentes procedentes de un mismo país. Para la energía eólica terrestre, la eólica marina y los electrolizadores, la guía establece mecanismos específicos destinados a reducir el riesgo de una mayor dependencia de China.

En los proyectos solares, los criterios podrán analizar la procedencia de los módulos, las células fotovoltaicas, los inversores y otros componentes relevantes. En las subastas que combinen energía solar con almacenamiento, las obligaciones se aplicarán inicialmente al componente renovable, aunque los Estados podrán extenderlas voluntariamente a las baterías.

La guía también permite impulsar el almacenamiento mediante criterios de integración del sistema energético, incluso cuando la tecnología BESS no quede directamente sometida al artículo 26.

Planes de ciberseguridad y garantías de ejecución

Los promotores podrán tener que presentar un plan de ciberseguridad en el que identifiquen los riesgos del proyecto y expliquen las medidas técnicas, operativas y organizativas previstas para proteger la instalación.

Cuando determinados proveedores de productos o servicios digitales estén sujetos a los requisitos, los datos utilizados o generados por el proyecto deberán almacenarse y procesarse dentro del Espacio Económico Europeo y no podrán transferirse fuera de este territorio.

Para demostrar su capacidad de completar las instalaciones, los participantes deberán aportar al menos dos documentos entre los establecidos por la normativa. Estos podrán acreditar aspectos como la madurez del proyecto, su financiación, el avance de los permisos, el acceso al emplazamiento o la viabilidad del calendario.

Excepciones por costes y tamaño

Los Estados miembros podrán excluir determinadas subastas cuando la aplicación de los criterios no económicos provoque un aumento estimado de los costes superior al 15%. Esta excepción deberá justificarse antes de publicar la convocatoria mediante datos objetivos, verificables y disponibles para los interesados.

También podrán quedar fuera del cálculo las subastas limitadas a proyectos con una potencia máxima de 10 MW, con el objetivo de evitar una carga desproporcionada para pequeñas empresas y promotores.

Asimismo, se contemplan reglas específicas para convocatorias con escasa participación o países que hayan organizado un máximo de dos subastas durante los dos años anteriores.

La Comisión subraya que las orientaciones no crean nuevas obligaciones ni sustituyen la legislación vigente. Su función es explicar cómo aplicar en la práctica el reglamento de ejecución y reducir las diferencias entre los diseños nacionales de las subastas.

La Ley sobre la Industria de Cero Emisiones Netas entró en vigor en junio de 2024 para ampliar la capacidad industrial europea en tecnologías limpias, apoyar los objetivos climáticos y energéticos de la UE y reducir las dependencias estratégicas de sus cadenas de suministro.

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