España aprueba un nuevo marco para descarbonizar el transporte hasta 2040
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado un real decreto que establece un marco normativo para avanzar en la descarbonización del transporte hasta 2040.
La regulación fija objetivos y obligaciones anuales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de incorporación de energías renovables para los proveedores de combustibles destinados al transporte por carretera, la navegación de cabotaje y el ferrocarril no electrificado. También incorpora la senda europea prevista para la aviación.
El marco complementa las medidas dirigidas a electrificar la movilidad, ampliar el transporte público y fomentar el cambio modal. Su aplicación se concentra en reducir las emisiones asociadas a la energía que todavía deberá ser suministrada mediante combustibles.
La norma transpone al ordenamiento español las disposiciones de la Directiva de Energías Renovables, conocida como DER III, relacionadas con el sector del transporte.
Reducción del 30% en el transporte por carretera
Para los combustibles suministrados al transporte por carretera, el real decreto establece un objetivo de reducción de emisiones del 17,6% en 2030 y del 30% en 2040. A esta senda contribuirán los ahorros logrados mediante el biodiésel y el bioetanol, que conservarán su regulación específica.
También se introducen cuotas mínimas para los biocarburantes avanzados, el biogás, el hidrógeno renovable y los combustibles renovables de origen no biológico, conocidos como RFNBO. En conjunto, los biocarburantes y el biogás avanzados, junto con los RFNBO, deberán representar el 8% del carburante en 2030 y el 22% en 2040, medido por su contenido energético.
En la navegación de cabotaje, correspondiente principalmente a los desplazamientos entre puertos españoles, la reducción de emisiones deberá alcanzar el 9% en 2030 y el 33% en 2040. Estas obligaciones complementarán las establecidas por la normativa europea FuelEU Maritime.
Para el transporte ferroviario no electrificado, el objetivo será reducir las emisiones un 10% en 2030 y un 50% en 2040. En la aviación se aplicarán las metas del Reglamento ReFuelEU Aviation, que exigen que los combustibles sostenibles representen el 6% del suministro en 2030 y el 34% en 2040.
Créditos para la recarga eléctrica
El real decreto crea un sistema de créditos eléctricos, denominado e-credits, que permitirá contabilizar la electricidad renovable consumida por los vehículos eléctricos.
Los operadores de puntos de recarga podrán solicitar certificados por esta energía y venderlos a los proveedores de combustible obligados a cumplir los objetivos de reducción de emisiones. Según el MITECO, este mecanismo podrá generar ingresos adicionales para los operadores y contribuir a acelerar el despliegue de infraestructura de recarga.
El sistema también permitirá certificar otros combustibles renovables, como el hidrógeno y los RFNBO. Los productores y operadores habilitados podrán comercializar estos certificados con los sujetos obligados.
Las obligaciones recaerán sobre los proveedores
La regulación distingue tres tipos de agentes. En primer lugar, estarán los proveedores de combustible obligados a cumplir los objetivos, entre ellos los operadores mayoristas de productos petrolíferos y gases licuados del petróleo.
La norma no impone metas directamente a los consumidores finales. Las obligaciones recaerán sobre las ventas de los proveedores, que deberán garantizar la incorporación al mercado de combustibles con una menor huella de carbono.
En segundo lugar, estarán los productores de RFNBO y los operadores de puntos de recarga, que podrán generar y comercializar certificados. Finalmente, determinados agentes, como los administradores de infraestructuras ferroviarias, deberán reportar información estadística sobre la electricidad y los combustibles consumidos en sus instalaciones.
El decreto incorpora mecanismos de flexibilidad para facilitar el cumplimiento de los objetivos, siempre que se garantice una contribución equivalente a la descarbonización. Por ejemplo, determinados RFNBO consumidos por la industria podrán computar en el subobjetivo correspondiente al transporte por carretera.
El incumplimiento de las obligaciones será considerado una infracción muy grave de acuerdo con la Ley de Hidrocarburos.
Nuevo sistema de trazabilidad
La norma también refuerza los requisitos de sostenibilidad y certificación aplicables a los combustibles renovables. Los controles utilizados actualmente para el bioetanol y el biodiésel se ampliarán al hidrógeno renovable, los RFNBO y otros combustibles sostenibles.
Además, se creará un Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad para controlar todas las etapas de la cadena de valor, desde el origen de la energía hasta su comercialización. El objetivo es mejorar la trazabilidad, aumentar la transparencia y prevenir prácticas de publicidad engañosa.
El Gobierno reconocerá anualmente a los agentes que certifiquen un mayor volumen de energía renovable utilizada en el transporte mediante la concesión del sello “líder en transición energética”.





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